En España se convocan numerosas becas y ayudas por parte de organismos públicos, comunidades autónomas, universidades, fundaciones, entidades privadas, … destinadas a apoyar al estudiantado durante su etapa universitaria.
Estas ayudas pueden estar dirigidas a cubrir total o parcialmente los gastos de matrícula y sufragar otros costes asociados a los estudios, como el transporte, el alojamiento, el comedor o el material académico, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en cada convocatoria.
Entre las becas más destacadas se encuentran las convocadas por el Ministerio de Educación, las Comunidades Autónomas y las propias Universidades, que suelen ofrecer información detallada y actualizada a través de sus páginas web oficiales.
Beca del
Ministerio
Beca de la
Comunidad Autónoma
Beca
Universidad
Beca General del Ministerio
En AlohaUniversity os presentamos los siguientes vídeos para facilitaros la siguiente información relacionada con la Beca General del Ministerio para enseñanzas postobligatorias universitarias (Grado y Máster)
Para ser beneficiario-a de la Beca General del Ministerio para enseñanzas postobligatorias será preciso cumplir los requisitos generales, económicos y académicos establecidos en la convocatoria.
Ingeniería o Arquitectura/ enseñanzas técnicas. ..
65%
Tabla relacionada con el requisito económico. Umbrales de renta familiar.
Nº de miembros de la familia
Umbral 1 (euros)
Umbral 2 (euros)
Umbral 3 (euros)
1
8.843
13.898
14.818
2
13.264
23.724
25.293
3
17.685
32.201
34.332
4
22.107
38.242
40.773
5
25.644
42.743
45.572
6
29.181
46.142
49.196
7
32.718
49.503
52.780
8
36.255
52.850
56.348
Cada miembro adicional al 8º
3.536
3.340
3.561
Para consultar la información de los umbrales de patrimonio, relacionados con el requisito económico, es aconsejable leer el artículo 20 de la convocatoria de la Beca del Ministerio.
Por ejemplo, en el artículo 20.1.a, la convocatoria establece que, se denegará la beca cuando la suma de los valores catastrales de las fincas urbanas que pertenezcan a los miembros computables de la familia, excluida la vivienda habitual, supere la cantidad de 47.200 euros.